El Ministerio de Industria de la Nación creó el
Registro de Laboratorio de Ensayos de Vehículos que probará los
automóviles antes de que estos salgan al mercado.
El gobierno anunció que desde ahora todos los autos
que las marcas incorporen al mercado argentino deberán ser probados
antes en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti).
El Ministerio de Industria, a cargo de Débora Giorgi, creó
el Registro Nacional de Laboratorios de Ensayos de Vehículos, a través
de la resolución SI 323/2014, se informó oficialmente en un comunicado
de prensa.
La norma establece que, para la obtención de la licencia
para configuración de modelo (homologación necesaria para circular por
la Argentina), los vehículos deberán presentar ensayos realizados en la
Red de Laboratorios de la Industria Automotriz (Reliau) y ser inscriptos
en el nuevo registro. En caso de que haya ensayos que no se puedan hacer en el
país, se aceptarán los realizados en el exterior, siempre que el Inti
corrobore la idoneidad de esos laboratorios.
"Esta norma es un paso más hacia la soberanía tecnológica",
afirmó Giorgi y agregó que "permitirá el desarrollo de los laboratorios
nacionales en condiciones de realizar los ensayos automotrices y una
cadena de valor con mayores capacidades tecnológicas locales".
Los ensayos y pruebas deben realizarse en todos los
vehículos que circulan en la Argentina, tanto automóviles como
colectivos, camiones, motos y semirremolques; cada uno de ellos debe
cumplir distintas normas específicas de seguridad vehicular.
El Ministerio de Industria viene desarrollando distintas
acciones para consolidar un sector automotriz competitivo e integrado,
tanto al tejido productivo nacional como a su sistema tecnológico de
apoyo.
Uno de los pilares para consolidar ese sistema tecnológico
es la Reliau, red creada —en el ámbito del Inti— para contar con una
alternativa local a los laboratorios radicados en el extranjero y
conformada, inicialmente, con más de 70 laboratorios nacionales.
Las nuevas licencias para
configuración de modelo tendrán vigencia por el plazo de cinco años a
contar desde la fecha de su emisión, la cual podrá ser renovada por
igual período previa acreditación ante el Inti de la repetición de los
ensayos pertinentes.
Las licencias anteriores a la resolución caducarán según el
siguiente cronograma: las emitidas hasta el día 31 de diciembre de
2004, caducarán el día 30 de junio de 2015 y las otorgadas entre el 1 de
enero de 2005 y el día 31 de diciembre de 2010, el 31 de diciembre de
2015. Las emitidas a partir del día 1 de enero de 2011 caducarán a los
cinco años de la fecha de su emisión.
Fuente: Telam
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